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CW_BANNER_Delegatura de asuntos económicos y societarios

Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios
Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios

Sostenibilidad Empresarial y Supervisión de Sociedades BIC

Funciones
Artículo 26 de la Resolución 100-000040 de 8 de enero de 2021, modificada por la Resolución 100-000512 de 2 de febrero de 2024:
  • Hacer seguimiento y ejecutar la política de supervisión aprobada por el Superintendente de Sociedades en materia de Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC.
  • Proponer la actualización de la lista pública de estándares independientes que se ajusten a los requisitos previstos en el artículo 60 de la Ley 1901 de 2018 o las normas que la modifiquen o sustituyan.
  • Dar trámite a las peticiones relacionadas con el incumplimiento de los estándares independientes.
  • Determinar la existencia de incumplimientos de los estándares independientes en el desarrollo de las actividades de beneficio e interés colectivo.
  • Declarar la pérdida de la calidad de Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo, según lo previsto en la Ley 1901 de 2018 o las normas que lo modifiquen o sustituyan.
  • Interrogar bajo juramento a cualquier persona cuyo testimonio pueda resultar útil para el esclarecimiento de los hechos que requiera para el cumplimiento de sus funciones.
  • Realizar las consultas necesarias para verificar el estado de implementación y ejecución de las practicas establecidas en el Capítulo XV de la Circular Básica Jurídica.
  • Atender las consultas y peticiones de las Entidades Empresariales, sector real y público, ciudadanía y grupos de interés, así como formular convocatorias e invitaciones, con el fin de verificar que éstas recolecten, reúnan y presenten la información de conformidad con lo dispuesto en el "Capítulo XV: Recomendaciones Administrativas sobre la Presentación del Reporte de Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades.
  • Realizar pedagogía y actividades afines relacionadas con el "Capítulo XV: Recomendaciones Administrativas sobre la Presentación del Reporte de Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades.
  • Participar en el análisis de los resultados e información y afines, que se recauden como consecuencia de la información que se allegue o recaude, relacionada con el "Capítulo XV: Recomendaciones Administrativas sobre la Presentación del Reporte de Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades.
  • Participar en la construcción de encuestas, informes y/o requerimientos de información relacionadas con la puesta en marcha del "Capítulo XV: Recomendaciones Administrativas sobre la Presentación del Reporte de Sostenibilidad" de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades.

Sostenibilidad
La sostenibilidad es el desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras, integrando de manera equilibrada los impactos económicos, sociales, ambientales, de gobernanza y financieros.
Normativa
Normativa Descripción
Circular Externa
100-000010 de 21/11/2023 -
Capítulo XV CBJ
Recomendaciones administrativas sobre la presentación del reporte de Sostenibilidad.
Circular Externa 100-000002
de 14/03/2025
Requerimiento del Informe 08-Reporte de Sostenibilidad, entre otros.
Informe 08 - Reporte de Sostenibilidad
El presente informe, busca que las entidades empresariales reporten anualmente su gestión en materia de sostenibilidad, mediante información organizada, en concordancia con las dimensiones de gobernanza, social, ambiental, económica y financiera.
Nombre Descripción
Glosario Informe 08
Reporte de Sostenibilidad
Su contenido es clave para comprender conceptos, facilitando una correcta interpretación de las recomendaciones del reporte.
Modelo Constancia
Informe 08 Reporte Sostenibilidad
Formato sugerido del documento adicional.
Instructivo Documento que, orienta a las Entidades Empresariales en el diligenciamiento y presentación del Informe 08-Reporte de Sostenibilidad.
Sociedades BIC
Las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC, realizan acciones o actividades que generan impactos positivos para la sociedad y el medio ambiente, integrando prácticas responsables en su modelo de negocio, gobierno corporativo, relaciones laborales, gestión ambiental y vínculos con la comunidad.
Normativa
Normativa Descripción
Ley 1901 de 2018 Por medio de la cual, se crean y desarrollan las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC.
Decreto 2046 de 2019 Por el cual, se adicionan el Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, y el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC.
Resolucion 200-004394 de 18/10/2018 Por la cual, se reconocen unos estándares independientes para la preparación de informes de gestión en las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC.
Circular Externa 100-000013 de 09/11/2020 Política de Supervisión de las Sociedades de Beneficio e Interés Colectivo - BIC.
Circular Externa 100-000007 de 05/05/2021 Plazo para acreditar el cumplimiento de haber realizado, presentado y publicado el Reporte de Gestión BIC.
Circular Externa 100-000001 de 29/03/2022 Modifica la Circular Externa 100-000007 de 05/05/2021 (Plazo).
Circular Externa 100-000002 de 14/03/2025 Requerimiento del Informe 67 - Sociedades BIC, entre otros.
Informe 67 – Sociedades BIC
El presente informe, busca que las Entidades Empresariales reporten anualmente la gestión realizada por las Sociedades de Benéfico e Interés Colectivo-BIC , mediante información organizada, en concordancia con su modelo de negocio, gobierno corporativo, relaciones laborales, gestión ambiental y vínculos con la comunidad.
Nombre Descripción
Instructivo de diligenciamiento Documento que, orienta a las Entidades Empresariales en el diligenciamiento y presentación del Informe 67-Sociedades BIC.
Pedagogía
Documentos
Videos


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Capacitación Presentación informe 67 BIC - Corte 2025