AVISO FG-ADMINISTRADOR DE FIDEICOMISOS CIVILES - Intervención y Asuntos Financieros Especiales
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Avisos de Agentes Interventores
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Back AVISO FG-ADMINISTRADOR DE FIDEICOMISOS CIVILES
AVISO
EL AGENTE INTERVENTOR DE FG – ADMINISTRADOR DE FIDEICOMISOS CIVILES
EN TOMA DE POSESIÓN COMO MEDIDA DE INTERVENCIÓN
NIT No. 901.157.715-0
INFORMA
Que la Superintendencia de Sociedades, mediante el Auto 2026-01-752359 del 15 de octubre de 2026, decretó la intervención bajo la medida de toma de posesión, de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de FG – ADMINISTRADOR DE FIDEICOMISOS CIVILES, identificada con NIT 901.157.715-0, con fundamento en el Decreto 4334 de 2008, señalando que desarrolló actividades de captación masiva y habitual de dineros del público, sin la debida autorización estatal.
CONVOCA
De conformidad con lo dispuesto en los literales a) y b) del artículo 10 del Decreto 4334 de 2008, se CONVOCA todas las personas naturales y jurídicas que se crean con derecho a reclamar las sumas de dinero entregadas a FG – ADMINISTRADOR DE FIDEICOMISOS CIVILES, quienes se vincularon mediante contratos de adhesión o Certificados de Derechos Fiduciarios (CDF), para que presenten su solicitud de devolución de dineros entregados dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la publicación del presente aviso, esto es, desde el jueves 22 de octubre de 2026 hasta el sábado 31 de octubre de 2026, inclusive, a través del correo electrónico intervencionfg@gmail.com. Toda la documentación deberá remitirse en formato digital.
REQUISITOS DE LA SOLICITUD
La solicitud deberá presentarse por escrito, dirigida al Agente Interventor, remitida al correo electrónico y se debe indicar como mínimo:
- Nombre completo o razón social del reclamante, tipo y número de identificación.
- Dirección de notificación, ciudad, teléfono y correo electrónico.
- Valor total de las sumas entregadas a la intervenida, con indicación de las fechas y la forma de entrega.
Y acompañarse de los siguientes documentos, en formato digital:
- Comprobante de entrega del dinero (soportes de consignación o transferencia, efectivo, recibos de caja u otros).
- Copia del contrato de adhesión, o del Certificado de Derechos Fiduciarios (CDF) o demás documentos.
- Copia del documento de identidad del reclamante, o en el caso de personas jurídicas, certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días.
ADVERTENCIAS
- La medida decretada es la toma de posesión y no la liquidación judicial. En consecuencia, la presente convocatoria se limita a quienes entregaron sumas de dinero a la intervenida; las acreencias de naturaleza distinta (laborales, fiscales, de proveedores u otras) no serán objeto de reconocimiento en esta etapa, sin perjuicio de los derechos que sus titulares puedan hacer valer en la oportunidad procesal que corresponda.
- El presente aviso se fijará en la página web de la Superintendencia de Sociedades.
Bogotá D.C., 21 de octubre de 2026
JOSÉ GREGORIO ESMERAL CAMACHO
Agente Interventor
FG – Administrador de Fideicomisos Civiles En toma de posesión com