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Supersociedades sancionó con la inhabilidad para ejercer el comercio a Rodrigo Jaramillo Correa, Tomás Jaramillo Botero, Víctor Maldonado Rodríguez y Juan Carlos Ortiz

Imagen superintendente

Fotografía por: Supersociedades



 
 
— La medida cobija además a Jorge Arabia Watemberg, Alexandro Corridori y Ruth Estella Upegui Mejía. 

— Durante el periodo de la sanción, los implicados no podrán gerenciar empresas, ser parte juntas directivas, tomar créditos mercantiles, constituir sociedades, contratar obras públicas con el Estado, ni realizar cotidianamente compraventas de bienes, arrendamientos comerciales ni construcciones, entre otros.

 Bogotá, 10 jun (SS). La Superintendencia de Sociedades mediante autos de junio de 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 1116 de 2006 sancionó con la inhabilidad para ejercer el comercio a las siguientes personas naturales: 
 

Persona Natural

Cédula de Ciudadanía

Cargo

Sociedad

Inhabilidad para ejercer el comercio por

Rodrigo de Jesus Jaramillo Correa

8.244.971

Ex-representante legal y accionista de la sociedad

Interbolsa s.a. En Liquidación Judicial

Diez (10) años

Tomás Jaramillo Botero

80.505.805

Accionista directo e indirecto de la sociedad

Interbolsa s.a. En Liquidación judicial

Diez (10) años

Víctor Benjamín Maldonado Rodríguez

17.139.408

Accionista directo e indirecto de la sociedad

Interbolsa s.a. En Liquidación judicial

Diez (10) años

Juan Carlos Ortiz Zarrate

80.410.509

Accionista directo e indirecto de la sociedad

Interbolsa s.a. En Liquidación judicial

Diez (10) años

Jorge Arabia Watemberg

16.772.164

Ex-representante legal de la sociedad

Interbolsa s.a. En Liquidación judicial

Cuatro (4) años

Ruth Estella Upegui Mejía

39.154.173

Ex-representante legal de la sociedad

Interbolsa s.a. En Liquidación judicial

Dos (2) años

Alessandro Corridori

Cédula de Extranjería 320480

Ex-representante legal y accionista

Invertácticas s.a.s. En Liquidación Judicial

Diez (10) años


La Superintendencia de Sociedades estableció que los sancionados utilizaron la sociedad Interbolsa S.A. con el propósito de defraudar a sus acreedores, causando una crisis de liquidez en el grupo empresarial que se evidencia, entre otros, en actividades como el otorgamiento de cupos de crédito excesivos al “Grupo Corridori” para la adquisición y posible manipulación de acciones de la especie Fabricato.

 

Adicionalmente, la Superintendencia de Sociedades advierte que hubo una disminución de los bienes de la sociedad y actos simulados, como la triangulación de dinero realizada a través de la Clínica La Candelaria.

 Los anteriores hechos tienen como elemento de agravación que los sancionados aprovecharon su prestigio y reconocimiento para invitar a sus clientes a realizar inversiones de portafolio, sin advertirles sobre la situación real del conglomerado. Estos actos  conllevaron a aumento significativo de inversionistas defraudados en su buena fe, factor que se tiene en cuenta para imponer la sanción.

 

 La decisión de la Superintendencia de Sociedades se sustentó en un nutrido acervo probatorio, que incluye el informe de auditoría forense presentado por la firma KPMG, en donde  se hace un minucioso análisis sobre los actos defraudatorios cometidos en el grupo Interbolsa y sus estrechos vínculos con firmas relacionadas con el “Grupo Corridori”, en particular Invertácticas S.A.S.

En el caso del señor Corridori, el auto de la Superintendencia de Sociedades, advierte que este utilizó la empresa como una fachada para cometer ilícitos que afectaron gravemente al mercado de valores, particularmente la imputada manipulación de acciones de la especie Fabricato.

Durante el período de inhabilidad para ejercer el comercio, los sancionados no podrán:

• Adquirir bienes a título oneroso con destino a enajenarlos, arrendarlos o subarrendarlos

• Recibir dinero para darlo en préstamo

• Intervenir como asociado en la constitución de sociedades comerciales

• Girar, otorgar, aceptar, garantizar o negociar títulos-valores

• Realizar operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos

• Realizar corretaje ni representar firmas nacionales o extranjeras

• Constituir empresas de seguros, transporte de personas o de carga, manufactureras, de depósito, editoriales, de construcciones ni promotoras de negocios

 

(fin).