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SuperSociedades decreta liquidación judicial de Go Five S.A.S

Supersociedades

Fotografía por: Supersociedades



- La Superintendencia de Sociedades había ordenado a Go Five S.A.S la suspensión de actividades promocionadas como multinivel.

- A partir de esta decisión Go Five S.A.S no podrá desarrollar su objeto social ya que únicamente conserva la capacidad jurídica para los actos tendientes a su liquidación.

Bogotá, 27 de febrero 2018 (SS). La Superintendencia de Sociedades, mediante Auto 405-002660 de 2018, decretó la liquidación judicial de la sociedad Go Five S. A. S.

La decisión se da tras la solicitud de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia de Sociedades, luego de la práctica de investigaciones administrativas.

"No hay que perder de vista que la Superintendencia de Sociedades ya había ordenado a Go Five S.A.S la suspensión inmediata de actividades que promocionaba como de multinivel", según informes que reposan en el expediente.

A partir de esta decisión Go Five S.A.S no podrá desarrollar su objeto social ya que únicamente conserva la capacidad jurídica para los actos tendientes a su liquidación

La liquidación judicial pretende el aprovechamiento ordenado del patrimonio del deudor en favor de sus acreedores, explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

Con esta medida, la Superintendencia de Sociedades, además, decretó el embargo y secuestro de todos los bienes, haberes y derechos de propiedad de la sociedad susceptibles de ser embargados y advirtió que estas medidas prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en los procesos de ejecución y de otra naturaleza en que se persigan bienes de la deudora.

Los acreedores de la sociedad Go Five S. A. S., en Liquidación Judicial, cuentan con un plazo de 20 días para que presenten su crédito a la liquidadora, allegando prueba de la existencia y cuantía del mismo.

El auto expedido por la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia ordenó, además, remitir una copia de la decisión al Ministerio del Trabajo y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para lo de su competencia.

La Delegatura también advirtió a los administradores, exadministradores, asociados y controlantes, sobre la prohibición de disponer de cualquier bien que forme parte del patrimonio liquidable de Go Five S. A. S. o de realizar pagos o arreglos sobre obligaciones anteriores al inicio del proceso de liquidación judicial, so pena de ineficacia.

Tras esta decisión, el ex representante legal de la sociedad Go Five S. A. S., deberá presentar a la liquidadora y a la Superintendencia de Sociedades su rendición de cuentas, en los términos que ordenan la ley. El incumplimiento de la anterior orden, por parte del ex representante legal, puede acarrear multas sucesivas de hasta 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con lo previsto en la Ley 1116 de 2006.

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