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Superintendencia de Sociedades admite la reorganización a Jorge Hané Laboratories S.A.S.

Imagen auditorio Supersociedades

Fotografía por: Supersociedades



 

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—  El régimen de insolvencia tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de las empresas como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo.

Bogotá, 15 de marzo de 2016 (SS). La Superintendencia de Sociedades, por medio del Auto 430-004045, admitió en reorganización a la sociedad Jorge Hané Laboratories S.A.S., en los términos de la Ley 1116 de 2006.

La solicitud fue presentada por la apoderada de la empresa, Susana Margarita Arrieta Calderón, acompañada del informe de estados financieros a 31 de diciembre de 2015, que evidencia que las deudas vencidas a más de 90 días ascendían al 4% del pasivo total.

No obstante, a la fecha en que se radica la solicitud, el 29 de febrero de 2016, los pasivos con más de 90 días de vencidos sumaban $4.081 millones, que equivalen al 41% del pasivo total, cercano a los $10.000 millones.

La Ley 1116 de 2016 o de Insolvencia determina que la cesación de pagos se origina cuando las deudas vencidas por más de 90 días, representan más del 10% del pasivo total de la sociedad.

“La situación de caja de la compañía es extremadamente limitada, como consecuencia de la disminución en ventas derivada de los problemas de publicidad”, dice la empresa en documentos que reposan en el expediente.

Adicionalmente, Jorge Hané Laboratories argumenta que otra de las causas de su crisis tiene que ver con la devaluación del peso colombiano en más del 50% en apenas siete meses, teniendo en cuenta “el producto estrella es importado”, lo cual redujo las utilidades en más del 30%.

Como promotora fue designada María Inés Fonseca Quiroga, quien se encuentra inscrita en la lista de auxiliares de la justicia de la Superintendencia de Sociedades.

Jorge Hané Laboratories se dedica por cuenta propia y/o de terceros, dentro y fuera del país, a las actividades de fabricación de productos farmacéuticos naturales y homeopáticos, tales como suplementos dietarios, medicamentos y cosméticos, entre otros.

El superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, recordó que “el régimen de insolvencia tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de las empresas como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo”.

En ese sentido, la reorganización pretende, a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su restructuración operacional, administrativa y de sus pasivos.

 

(Fin)