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Recursos de fiducia de Pacific deben destinarse exclusivamente al pago de proveedores, nómina e impuestos

Imagen maso de justicia

Fotografía por: Supersociedades



 

—  Los fideicomitentes designarán como beneficiarios del Patrimonio Autónomo a los terceros que figuran como titulares de las provisiones, aceptaciones o cuentas por cobrar con corte a 31 de mayo de 2016.

—  Las medidas decretadas por la Superintendencia de Sociedades buscan asegurar la satisfacción de ciertos acreedores colombianos.

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Bogotá, octubre 26 de 2016 (SS). Luego de que la Superintendencia de Sociedades negara la solicitud de Pacific de levantar una medida cautelar, la compañía entregó a esta entidad pruebas de la constitución de un patrimonio autónomo para asegurar el pago a los acreedores colombianos.

 Tras la constitución de esa fiducia, con Fiduciaria Davivienda S.A, por $113.342.523.946 por parte de Pacific E&P la Superintendencia de Sociedades recalcó que dichos recursos deben destinarse exclusivamente al pago proveedores, nómina e impuestos en Colombia.

“Con esta medida, que va en línea con lo decretado el 10 de junio de 2016, se busca asegurar la satisfacción de ciertos acreedores colombianos”, explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, tras recalcar que la entidad continuará haciendo un detallado monitoreo a las sucursales de Pacific en Colombia.

Pacific Exploration and Production Corp., Meta Petroleum Corp. Sucursal Colombia, Pacific Stratus Energy Colombia Corp. Sucursal Colombia, Petrominerales Colombia Corp. Sucursal Colombia y el monitor, PWC, deberán continuar informando a la Supersociedades los avances del proceso que se adelanta ante la Corte Superior de Justicia de Ontario, así como los pagos que se realicen a los acreedores.

Según los documentos que reposan en el expediente, los fideicomitentes aportarán a título de fiducia la suma en pesos equivalente a USD $38.998.505, a la tasa representativa del mercado vigente a la fecha del giro de los recursos fideicomitidos.

El expediente señala además que los fideicomitentes designarán como beneficiarios del Patrimonio Autónomo a los terceros que figuran como titulares de las provisiones, aceptaciones o cuentas por cobrar con corte a 31 de mayo de 2016.

Con esta medida expedida por el delegado para Procedimientos de Insolvencia de la Superintendencia de Sociedades, Nicolás Polanía Tello, se sustituye la garantía que existía registrada en Confecámaras y que también buscaba proteger a los acreedores colombianos.


(fin)