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Proceso de liquidación judicial de Muebles y Accesorios S.A.S. y Dream Rest Colombia S.A.S.

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Fotografía por: Supersociedades



Bogotá D.C., 12 de marzo de 2024. La Superintendencia de Sociedades informa que en audiencias llevadas a cabo el 26 de febrero de 2024, se decretó la apertura de los procesos de liquidación judicial de las sociedades Dream Rest S.A.S. y Muebles y Accesorios S.A.S., luego de que se probara el incumplimiento generalizado en el pago de los gastos de administración de ambas compañías, situación que comporta un síntoma de no recuperación de los deudores.

Las reclamaciones de acreencias deberán presentársele al liquidador designado a través del correo electrónico pgonzalez.c2024@gmail.com o por medio de los canales de atención al ciudadano de la Superintendencia de Sociedades, de manera presencial o virtual al correo electrónico webmaster@supersociedades.gov.co, para así poder impulsar el proceso con la definición de los pasivos pendientes de pago, así como los activos con los que cuentan las sociedades.

El pasado 29 de febrero de 2024, se fijaron los avisos 2024-01-100319 y 2024-01-100349, en los cuales se informa a los interesados sobre el término para presentar sus acreencias, el cual corre entre el 14 de marzo y el 15 de abril de 2024. Baranda Virtual - Baranda (supersociedades.gov.co)

Los días 27 y 28 de febrero, y 11 de marzo de 2024, la Superintendencia de Sociedades, en conjunto con el liquidador designado, adelantó diligencias de embargo y secuestro sobre bienes de las empresas, en las sedes de Barranquilla, Sopó y Mosquera.

Es importante informar al público en general que el auxiliar de la justicia es quien para todos los efectos representa las sociedades Dream Rest S.A.S. y Muebles Accesorios S.A.S., y será éste quien administre los bienes y atienda las reclamaciones que se presenten.

El Superintendente de Sociedades Billy Escobar Pérez, indicó que “la Entidad protege las empresas que demuestren síntomas de recuperación; pero en aquellos casos en que los pasivos corrientes aumenten, es deber del Juez actuar con celeridad para proteger a los acreedores y designar un auxiliar de la justicia para que custodie y administre la masa de activos que servirán para el pago de los acreedores”.

La Superintendencia de Sociedades continuará desempeñando las funciones que le fueron asignadas por la ley, e informará sobre el avance de los procesos que adelanta.