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Aprobado en segundo debate proyecto de ley que multa a empresas que incurran en sobornos transnacionales

imagen justicia

Fotografía por: Supersociedades



- En ese sentido, establece un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales o jurídicas que incurran en la conducta de soborno transnacional, con multas que van hasta los 200.000 salarios mínimos mensuales.

Bogotá, 4 de agosto de 2015 (SS). La Cámara de Representantes, en sesión Plenaria, aprobó este martes en segundo debate el proyecto de ley que establece fuertes sanciones a las personas naturales y jurídicas que incurran en actos de corrupción transnacional.

De acuerdo con el proyecto, las personas naturales que incurran en soborno transnacional tendrán prisión de entre nueve y 15 años y multa de entre 650 y 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término.

En tanto, para personas jurídicas, la Superintendencia de Sociedades podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando éstas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público.

En ese sentido, el Proyecto de Ley No. 159 de 2014 se ocupa de establecer un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que incurran en la conducta de soborno transnacional y ajustar y complementar el tipo penal de cohecho contenido en Código Penal.

El mencionado régimen sancionatorio queda a cargo de la Superintendencia de Sociedades para todas las personas jurídicas, así como las personas naturales que actúen en beneficio de las mismas, a excepción de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.

Así mismo, el proyecto señala las entidades que pueden ser sancionadas, las sanciones que pueden ser impuestas, los criterios para graduarlas y el procedimiento a aplicar.

Además, establece los beneficios que pueden ser concedidos a quienes colaboren eficazmente en la sanción del soborno transnacional y señala los medios de asistencia jurídica a los cuales pueden acudir las superintendencias.

Un paso más hacia la OCDE

El Proyecto de Ley No. 159 de 2014, que el cinco de mayo fue aprobado en primer debate por la Comisión Primera de la Cámara, representa un paso fundamental hacia el ingreso de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Mediante la Ley 1573 de 2012, el Congreso de la República aprobó la “Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales”, como parte de los compromisos asumidos con la OCDE.

Esta convención impone una serie de obligaciones al Estado colombiano, entre las cuales se encuentra ajustar su ordenamiento jurídico para sancionar efectivamente a las personas naturales y jurídicas que incurran en actos de soborno transnacional.