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Ámbito Jurídico destaca tres grandes logros de la Supersociedades

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Fotografía por: Supersociedades



​Ley de Garantías Mobiliarias, Insolvencia para Persona Natural y fallos relacionados con SAS, temas sobresalientes en el trabajo de la entidad

 Bogotá, 17 ene (SS). El periódico especializado Ámbito Jurídico destacó en su más reciente edición el trabajo de la Superintendencia de Sociedades en iniciativas como la Ley de Garantías Mobiliarias, sancionada recientemente por el presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón.

El periódico, cuyo objetivo es “suministrar a sus lectores la mejor, más completa y veraz información sobre las novedades del mundo jurídico, redactadas y revisadas por los abogados especialistas de Legis” resalta el hecho de que con la Ley de Garantías Mobiliarias se promueve el acceso al crédito en pro del crecimiento de las pequeñas y medianas empresas del territorio nacional.

“Ahora podrá ser garantía toda operación con bienes muebles. En otras palabras: todo lo que pueda ser una garantía es una garantía y no como ocurre actualmente, donde la garantía con bienes muebles se limita al contrato de prenda”, explicó el superintendente de Sociedades, Luis Guillermo Vélez Cabrera.

“La Ley de Garantías mobiliarias es una ley de la gente y para la gente, para el tendero, la dueña de la peluquería, el pequeño agricultor. Es una ley para los empresarios de las PYMES, que son el 95% de las empresas colombianas”, agregó Vélez Cabrera tras revelar que el gobierno puede y debe acompañar la implementación, pero serán los empresarios  y el sector financiero los que deben apoderarse de la iniciativa para hacerla realidad.

“Este tipo de normas han revolucionado el acceso al crédito en todo el mundo y Colombia no debería ser la excepción”, agregó el funcionario. Otro tema que destacó Ámbito Jurídico está relacionado con la entrada en vigor del proceso de insolvencia de las personas naturales.

El medio especializado resaltó además la reciente decisión de la Superintendencia de Sociedades, en la de forma contundente afirma que no permitirá que los empresarios se refugien detrás de personas jurídicas societarias para eximirse del cumplimiento de aquellas normas que consideren inconvenientes o desatinadas.

A continuación transcribimos textualmente los tres puntos destacados por el periódico Ámbito Jurídico.

Ley de Garantías Mobiliarias 

El 20 de agosto se sancionó la Ley 1676, que promueve el acceso a crédito y establece las garantías mobiliarias. Esta norma amplía los derechos, bienes o acciones en torno a este tipo de garantías, simplificando su constitución, oponibilidad y ejecución, y prevé las competencias para solucionar controversias. El comienzo de la vigencia total de esta ley fue diferido a los seis meses siguientes a su promulgación, salvo las modificaciones a los artículos 269 al 274 y 468 del Código General del Proceso, que ya entraron a regir.

 En vigor, insolvencia de personas naturales

Durante el 2013, las personas naturales no comerciantes accedieron al procedimiento de insolvencia previsto en el Decreto 2677 de 2012, que suplió el régimen contenido en la Ley 1380 de 2010. En febrero, se fijaron las tarifas correspondientes.

SAS no pueden usarse para incumplir la ley

A mediados de octubre, la Superintendencia Delegada para Procedimientos Mercantiles sancionó a tres sociedades por acciones simplificadas (SAS) que fueron usadas para eludir las restricciones referidas al otorgamiento de incentivos a la capitalización rural.


Ver el informe completo en AQUÍ