¿Qué pasa con las obligaciones posteriores al proceso de reorganizacion?
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Publicado 23/06/22
Acordeón de opciones
De conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 1116 de 2006, los gastos de administración son aquellas obligaciones que se causan con posterioridad a la fecha del inicio del proceso de insolvencia, y que deben ser pagados conforme se van causando y haciendo exigibles.