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DECISIÓN No. 1 (Recursos de Reposición) (Junio, 13 de 2023)

DECISIÓN No. 1

(Recursos de Reposición)

(Junio, 13 de 2023)

El AGENTE INTERVENTOR de la Sociedad  LIDERAMOS ASESORES ESPECIALIZADOS S.A.S identificada con NIT. 901.044.892-0 y  EL SEÑOR JUAN MANUEL MANOSALVA RODRÍGUEZ IDENTIFICADO CON CÉDULA DE CIUDADANÍA 74.377.989, en su condición de Representante Legal de la Sociedad, como consta en el AUTO 2023-01-353922 de fecha 28 de abril de 2023, emitido por la Superintendencia de Sociedades y en uso de las facultades que le confiere el Decreto Ley 4334 de 2008 Artículo 10 y demás normas aplicables al proceso de intervención, procede a publicar  la DECISION No.1 y los efectos sobre ésta:

CONSIDERANDO

  1. Que el día 5 de mayo de 2023, el Agente Interventor publicó Aviso en el Diario "LA REPUBLICA" sobre la medida de Intervención en el que se convocó a todos los interesados con derecho a reclamar las sumas de dinero entregadas a las personas naturales y/o jurídicas intervenidas, para que presentaran sus solicitudes de devolución, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la publicación del referido Aviso, mediante correo electrónico y haciendo entrega personal ante el interventor de los  documentos originales que acreditan la reclamación, conforme lo indica el Art. 10 del Decreto Ley 4334 de 2008 en su numeral  c,  cuyo término se corrió desde el  6 de mayo de 2023 a las 8 am y hasta el  15 de mayo de 2023 a las 5 pm.
  2. Que el 6 de Junio de 2023, se publicó la  PRIMERA DECISIÓN mediante la cual se aceptaron  89 reclamaciones de afectados todos oportunos, por la suma neta de $3.204.250.000, cuyo detalle puede ser consultado en el siguiente link:

https://docs.google.com/spreadsheets/d/1AYJ9gn9FuAZGJ65BCP7X5kO5p_DKWPZi/edit?usp=sharing&ouid=106900548882213013916&rtpof=true&sd=true

  1. Que contra la PRIMERA DECISIÓN, procedía el recurso de reposición, el cual debía interponerse en los tres (3) días siguientes a su publicación, término que venció el pasado 9 de junio de 2023.  

  1. Que dentro del plazo NO se recibieron recursos de reposición contra la primera decisión, por tanto, ésta ha quedado en firme a partir del 13 de Junio de 2023, conforme lo establece el Decreto 4334 de 2002.

  1. Que para garantizar el principio de publicidad se procede a publicar esta decisión en la página WEB de la Superintendencia de Sociedades  www.supersociedades.gov.co y en la página del interventor: https://yamile-alvarado-nino1.webnode.es/.

En la ciudad de Bogotá, D.C., a los Trece  (13) días del mes de junio de 2023.

 

YAMILE EDELMIRA ALVARADO NIÑO

Agente Interventor