CONSORCIO CONSTRUCTOR INMOBILIARIO CIMIENTOS S.A.S
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OLGA LUZ ZAPATA LOTERO
AGENTE INTERVENTORA
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Dando cumplimiento al auto consecutivo 910-00-4594 con radicación 2023-01-165597 del 30/03/2023, de la Superintendencia de Sociedades, se procede a publicar de nuevo la decisión número uno, dentro del expediente seguido contra la sociedad CONSORCIO CONSTRUCTOR INMOBILIARIO CIMIENTOS S.A.S, radicado 107874 OLGA LUZ ZAPATA LOTERO. - AGENTE INTERVENTORA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Bogotá, dieciséis (16) de marzo de dos mil veintitrés (2.023). Se dispone en esta oportunidad, a pronunciarse sobre las solicitudes de devolución interpuestas por los afectados de la sociedad CONSORCIO CONSTRUCTOR INMOBILIARIO CIMIENTOS S.A. S con Nro. de Nit: 901.528.607-6 y del señor EDWIN JAVIER AVELLA MACHUCA, identificado con Cedula de Ciudadanía Nº 74.380.085, como su representante legal. PARA RESOLVER SE CONSIDERA: Dispone el Numeral D) del Artículo 10° del Decreto 4334, que hace referencia a la devolución inmediata de dineros y que a su letra reza: d) El Agente Interventor, dentro de los veinte (20) días siguientes al vencimiento del término anterior, expedirá una providencia que contendrá las solicitudes de devolución aceptadas y las rechazadas, la cual será publicada en la misma forma de la providencia de apertura. Contra esta decisión procederá el recurso de reposición que deberá presentarse dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición de esta providencia. Las devoluciones aceptadas tendrán como base hasta el capital entregado. En el presente caso, se tiene, que el aviso de intervención judicial, bajo la medida de toma de posesión por captación ilegal de recursos del público, se publicó en el diario El espectador el día 14 de febrero de 2023, quiere decir lo anterior, que, las personas afectadas, tenían plazo para presentar sus reclamaciones hasta el día 24 de febrero de 2023. No obstante, aquellas personas que presentaron sus solicitudes de reclamación, por fuera de este término, serán consideradas como extemporáneas. En este intervalo, se presentaron las siguientes personas: HELLEN RODRÍGUEZ y KEREN SARAI GIL RODRÍGUEZ, C.C. Nº 52.103.750 y 1.052.412.530, $20.000.000, CLARA YULIETH VEGA SOSSA y ORLAY FERNANDO GOMEZ C.C.Nº 46.455.788 y 1.002.459.284 $20.000.000, ELVER VEGA PARADA C.C.Nº 4.255.793 $10.000.000, LIZ ADRIANA BUSTOS ESPITIA. C.C.Nº 1.052.381.028 $12.500.000, SOFIA CATALINA SEPULVEDA PEDRAZA C.C. Nº 46.457.861 $5.000.000, RICARDO CRUZ ROMERO C.C.Nº 11.303.310 $10.000.000, EDWIN RICARDO MANRIQUE CORREDOR y SOFIA CATALINA PEDRAZA C.C.Nº 74.321.901 y 46.457.861 $20.000.000, WILLIAM ALEXANDER PARRA GARCIA y LAURA DANIELA GAMARRA ALTHONA C.C.Nº 1.110.458.835 y 1.052.395.130 $.20.000.000, MIRIAM SOFIA PEDRAZA OCHOA C.C.Nº 23.552.533 $20.000.000, MARIA DEL CARMEN MEDINA DAZA C.C.Nº 46.660.629 $15.000.000, INGRID PAOLA CACERES SUAREZ C.C.Nº 1.053.664.854 $18.000.000, MARIA STELLA APONTE OJEDA C.C.Nº 46.663.204 $21.000.000, LUIS MATIAS CARATONIO MARTINEZ C.C.Nº 1.056.805.508 $29.000.000. SOLICITUDES PRESENTADAS DE MANERA EXTEMPORÁNEA: SONIA PATRICIA CARDOZO AGUILAR C.C.Nº1.052.397.733 $25.000.000, RICHARD CAMILO PUERTO ALVAREZ C.C.Nº 1.052.401.174 $5.064.000, JERSSON JAVIER CHAPARRO NITOLA C.C.Nº1.052.398.499 $10.000.000. Por lo anteriormente transcrito, la suscrita agente interventora - RESUELVE: Primero: ACEPTAR las solicitudes de devolución de las siguientes personas: HELLEN RODRIGUEZ RODRIGUEZ y KEREN SARAI GIL RODRIGUEZ $ 20.000.000, CLARA JULIET VEGA SOSA y ORLAY FERNANDO GOMEZ VEGA $ 20.000.000, EDWIN RICARDO MANRIQUE CORREDOR y SOFIA CATALINA SEPULVEDA PEDRAZA $20.000.000, WILLIAM ALEXANDER PARRA y LAURA DANIELA GAMARRA ALTAHONA $ 20.000.000, ELVER VEGA PARADA $ 10.000.000, LIZ ADRIANA BUSTOS ESPITIA $12.500.000, SOFIA CATALINA SEPULVEDA PEDRAZA $ 5.000.000, RICARDO CRUZ ROMERO $10.000.000, MIRYAN SOFIA PEDRAZA OCHOA $20.000.000, MARIA DEL CARMEN MEDINA DAZA $15.000.000, INGRITH PAOLA CACERES SUAREZ $18.000.000, MARIA STELLA APONTE OJEDA $21.000.000, LUIS MATIAS CRANTONIO MARTINEZ $29.000.000. Segundo: Ténganse las solicitudes de devolución de los señores Sonia Patricia Cardozo Aguilar, Jersson Javier Chaparro Nitola y Richard Camilo Puerto Álvarez, como EXTEMPORANEAS. Tercero: Contra la presente decisión procede el recurso de reposición, que debe ser presentado dentro de los tres días siguientes a la publicación de la presente providencia. Publiques y Cúmplase- OLGA LUZ ZAPATA LOTERO - AGENTE INTERVENTORA HAY FIRMA.