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29 de Marzo SIGESCOOP

LA AGENTE INTERVENTORA DE LA COOPERATIVA MULTIACTIVA DEL SISTEMA DE GESTIÓN EMPRESARIAL Y SOCIAL - SIGESCOOP Y OTROS EN INTERVENCIÓN

 

INFORMA A TODOS LOS INTERESADOS

 

Que con ocasión de la expedición por parte de la SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES del Auto 910-002203, radicado 2022-01-071079 de fecha 16 de febrero de 2022, por medio del cual ordenó la intervención bajo la medida de toma de posesión, de los bienes, haberes, negocios y patrimonio de las personas naturales ARNOLDO ANTONIO AGUIRRE MEJÍA, identificado con la cédula de ciudadanía número 72.248.387, GISELLE ROMINA AGUIRRE MEJÍA, identificada con la cédula de ciudadanía número 22.657.475, MARCELA JOHANA CASTILLA DÍAZ, identificada con la cédula de ciudadanía número 22.519.653, ANA LEONOR MEJÍA DELGADO, identificada con la cédula de ciudadanía número 22.696.293, ANA ISABEL GONZALEZ LOZANO, identificada con la cédula de ciudadanía número 22.565.182, y LUIS EDUARDO PACHECO LÓPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 8.743.095, y decretó su vinculación al proceso de INTERVENCIÓN de la COOPERATIVA MULTIACTIVA DEL SISTEMA DE GESTIÓN EMPRESARIAL Y SOCIAL SIGESCOOP Y OTROS, Expediente 87.474, la suscrita Agente Interventora convocó a quienes se creyeran con derecho a reclamar por la entrega de sumas de dinero a las personas naturales antes mencionadas, para que radicaran su solicitud en el periodo comprendido entre el martes 01 de marzo de 2022 y el viernes 10 de marzo de 2022, la cual se debía presentar por escrito acompañada del(de los) original(es) de la(s) consignación(es) y/o comprobante(s) de entrega de dinero a las personas naturales intervenidas antes señaladas.

 

No obstante, transcurrido el término antes señalado, no se recibió ninguna reclamación por la entrega de dinero a las personas naturales intervenidas ARNOLDO ANTONIO AGUIRRE MEJÍAGISELLE ROMINA AGUIRRE MEJÍAMARCELA JOHANA CASTILLA DÍAZANA LEONOR MEJÍA DELGADOANA ISABEL GONZALEZ LOZANO LUIS EDUARDO PACHECO LÓPEZ, razón por la cual no hay lugar a la expedición de la Decisión inicial de calificación de reclamaciones y reconocimiento de afectados, y consecuentemente, tampoco hay lugar a la expedición de la Decisión de resolución de recursos de reposición en contra de la Decisión inicial.

 

 

MARIA MERCEDES PERRY FERREIRA

Agente Interventora