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Trámites, Otros Procedimientos Administrativos (OPA) y Consultas Digitales de Información
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Remoción de auxiliar de la justicia

Resumen del trámite

Se presenta cuando el auxiliar de la justicia viola gravemente los deberes del cargo para el cual fue designado o incumple reiteradamente las órdenes del juez.

¿Tipo de trámite?

¿Cuánto tarda el proceso?

0

¿Tiene costo?

Trámite sin costo

Pasos a seguir

Procedimiento general del trámite:

1. Presentación de solicitud

2. Estudio de la solicitud

3, Nombramiento de nuevo auxiliar

Plantillas y formularios:

Solicitud, remoción auxiliar de la justicia (documento adjunto)

Descripción del trámite

Descripción General:

Se presenta cuando los promotores, o liquidadores, violan gravemente los deberes del cargo para el cual fue designado o incumple reiteradamente las órdenes del juez.

El auxiliar la justicia será removido, además de los casos especiales previstos en el Decreto 2130 de 2015, en los siguientes eventos:

- Cuando incumpla las obligaciones establecidas en el Manual de Ética.

- Cuando incumpla alguno de sus deberes

- Cuando ocurra una causal incumplimiento.

- Cuando esté incurso en una situación de conflicto interés, de conformidad con lo establecido en leyes.

- Cuando omita cualquier deber de información establecido en el Decreto 2130 de 2015.

- Cuando omita renovar o constituir las pólizas de seguro.

- Cuando, de común acuerdo con la entidad y los acreedores titulares de la mayoría absoluta de los derechos de voto, soliciten el reemplazo del promotor designado; o cuando los acreedores que representen por lo menos el 60% de las acreencias, calificadas y graduadas, decidan solicitar la sustitución del liquidador.

- Por renuncia del promotor, liquidador o agente interventor.

- En caso de muerte, o incapacidad física o mental permanente.

Requisitos para la autorización previa

Requisitos:

Presentar la solicitud acreditando los hechos acaecidos, la legitimación y los soportes que acrediten el incumplimiento del auxiliar.

Normatividad: Numeral 9 artículo 5 Ley 1116 de 2016, artículo 2.2.2.11.6.1. Decreto 2130 de 2015, artículos 127-137 Código General del Proceso

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