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Trámites, Otros Procedimientos Administrativos (OPA) y Consultas Digitales de Información
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​Autorización para la colocación de acciones ordinaria

Resumen del trámite

Este procedimiento es aplicable únicamente a las sociedades que se encuentran sometidas a control por parte de la Superintendencia de Sociedades (Artículo 85 de la Ley 222 de 1995).

¿Tipo de trámite?

¿Cuánto tarda el proceso?

15

¿Tiene costo?

0

Pasos a seguir

Descripción del trámite

Descripción general

Este procedimiento es aplicable únicamente a las sociedades que se encuentran sometidas a control por parte de la Superintendencia de Sociedades (Artículo 85 de la Ley 222 de 1995).

 

Requisitos

 

Petición formulada conforme al artículo 16 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015:

1.1 La designación de la autoridad a la que se dirige.

1.2 Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica.

1.3 El objeto de la petición.

1.4 Las razones en las que fundamenta su petición.

1.5 La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.

1.6 La firma del peticionario cuando fuere el caso.

 

Adicionalmente, por tratarse de una colocación de acciones:

2.1 Copia completa del acta contentiva de lo sucedido en la reunión del máximo órgano social en la cual se haya adoptado la decisión de emisión (si aplica), debidamente autorizada, con constancia de su aprobación. El acta debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 189 y 431 del Código de Comercio.

2.2 Copia completa del acta contentiva de lo sucedido en la reunión de junta directiva en la cual se haya aprobado el reglamento de colocación, debidamente autorizada, con constancia de su aprobación, o para el caso de las empresas unipersonales, copia suscrita por el representante legal de la misma, del documento privado mediante el cual se adoptó la reforma. El acta debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 386 del Código de Comercio.

 

Reglamento de colocación de acciones: 1 copia(s), el reglamento debe contener los requisitos consagrados en el artículo 386 del Código de Comercio.

 

Normativa que crea el trámite:

Numeral 4 del artículo 2.2.2.1.1.6 del Decreto 1074 de 2015.

 

Procedimiento general del trámite:

1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas para el trámite.

 

2. Presentar la documentación exigida, por cualquiera de los siguientes medios:

 

Grupo de gestión documental, Bogotá D.C.

Intendencias Regionales

Correo electrónico a webmaster@supersociedades.gov.co

Ventana de Radicación Virtual (link)

3. La entidad adelantará el procedimiento común previsto en la parte primera de la Ley 1437 de 2011.

 

Medios para hacer seguimiento:

Baranda virtual

Requisitos para la autorización previa

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