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Preguntas y respuestas frecuentes
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¿Cuáles son los recursos que podemos presentar contra los actos de registro?

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1. Recurso de reposición:  es aquel que se presenta ante la Cámara de Comercio que expidió la decisión en materia registral (inscripción o negativa de registro), para que revise su actuación, y si es del caso, la aclare, modifique, adicione o revoque. 
2. Recurso de apelación: es aquel que tiene por objeto que la Superintendencia de Sociedades, como segunda instancia, revise la decisión que adoptó la Cámara de Comercio en materia registral, y si es del caso, la aclare, modifique, adicione o revoque. El recurso de apelación puede presentarse en subsidio del recurso de reposición o directamente, pero en ambos casos debe interponerse ante la Cámara de Comercio que profirió la decisión. 
3. Recurso de queja: es aquel que se presenta ante la Superintendencia de Sociedades, cuando la Cámara de Comercio rechaza el recurso de apelación, con el fin de que revise si la causal de rechazo se ajustó a lo previsto en la ley. Si la decisión de rechazo se ciñe a la ley, se confirma la misma, pero si no era procedente, la Superintendencia la revoca y conoce el recurso de apelación.