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Procesos: Viva Air Fast Colombia S.A.S. Y Ultra Air S.A.S

La Superintendencia de Sociedades informa el estado de las solicitudes de inicio de los procesos de reorganización empresarial de las compañías VIVA AIR FAST COLOMBIA S.A.S. y ULTRA AIR S.A.S., convocadas por la Superintendencia de Transporte el 9 de marzo de 2023 y el 4 de abril de 2023, respectivamente, con fundamento en el artículo 11.1 de la Ley 1116 de 2006.

Fotografía por: Supersociedades



Bogotá D.C., 31 de mayo de 2023. La Superintendencia de Sociedades informa el estado de las solicitudes de inicio de los procesos de reorganización empresarial de las compañías VIVA AIR FAST COLOMBIA S.A.S. y ULTRA AIR S.A.S., convocadas por la Superintendencia de Transporte el 9 de marzo de 2023 y el 4 de abril de 2023, respectivamente, con fundamento en el artículo 11.1 de la Ley 1116 de 2006.

VIVA AIR FAST COLOMBIA S.A.S. (NIT. 900.313.349)

  • Mediante Oficio de 15 de marzo del año en curso, la Superintendencia de Sociedades requirió a la sociedad VIVA AIR FAST COLOMBIA S.A.S. (NIT. 900.313.349), para que remitiera la información exigida en la ley, en un plazo de treinta (30) días conforme lo disponen los artículos 14 y 15 del Régimen de Insolvencia, el cual fue atendido por la sociedad dentro del término.
  • Una vez estudiada la documentación presentada por la sociedad, el Juez del Concurso realizó un segundo requerimiento con Oficio 2023-01-415614 para que se completara la misma, otorgándole un término de diez (10) días hábiles.
  • Sobre la información recibida de la compañía, la Superintendencia realizó el estudio con lo cual concluyó que se cumplió con los requisitos de completitud de la información exigidos en el artículo 2 del Decreto 560 de 2020, y consecuentemente dando apertura al “proceso de reorganización empresarial” bajo la Ley 1116 de 2006, mediante Auto 2023-01-484509, notificado por estado el día 31 de mayo de 2023.

ULTRA AIR S.A.S. (NIT. 901.428.193)

  • En cuanto a ULTRA AIR S.A.S. (NIT. 901.428.193), a la fecha se encuentra corriendo el término de diez (10) días establecido en los artículos 14 y 15 de la Ley 1116 de 2006 para que la sociedad allegue la documentación solicitada mediante requerimiento de 29 de mayo de 2023, el cual vencerá el 13 de junio del presente año.

“Desde la Superintendencia trabajamos por defender las empresas y el trabajo digno, respetando los requerimientos de ley a efectos de lograr el buen desempeño de las sociedades y evitar al máximo cualquier tipo de perjuicio que se pueda causar a la sociedad, la legalidad y la economía del país. Con la prestación de los servicios de manera oportuna, continuaremos fortaleciendo el tejido empresarial colombiano y acompañando la reactivación de las empresas en crisis”, manifestó el superintendente Billy Escobar.

Como consecuencia de lo anterior, la Superintendencia de Sociedades continuará desempeñando las funciones asignadas por ley, e informando sobre el avance de los mismos.