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Gobierno expide mecanismo de alivio financiero y recuperación empresarial para empresas en insolvencia afectadas por impacto de la pandemia

Supersociedades

Fotografía por: Supersociedades



 

Bogotá, D.C.,  12 de agosto de 2021. El Gobierno nacional, con el apoyo técnico de la Superintendencia de Sociedades, expidió el Decreto 890 del 10 de agosto de 2021, el cual reglamenta el régimen propio de los bonos de riesgo, los cuales fueron establecidos como medida especial en procesos de insolvencia por el Decreto Ley 560 de 2020. Los bonos de riesgo son un mecanismo para la reorganización y reactivación empresarial de las sociedades que estén en un proceso de insolvencia por causa del impacto del Covid-19.

El Decreto autoriza la conversión de los pasivos de las sociedades que suscriban un acuerdo de reorganización en bonos de riesgo, ordinarios o convertibles, siempre y cuando la emisión quede incluida dentro del acuerdo o en una reforma posterior al mismo.

“Este mecanismo permitirá a las sociedades que adelantan procesos de reorganización, lograr alivios financieros, contribuyendo a la reactivación y recuperación empresarial. Este mecanismo ha sido diseñado con el fin de que los deudores puedan contar con herramientas que les permitan lograr un rescate empresarial efectivo y así continuar su negocio en marcha para preservar la empresa y el empleo, sin descuidar el crédito” señaló el Superintendente de Sociedades, Juan Pablo Liévano.

Los bonos son títulos valores que representan una deuda por parte de la empresa emisora con sus acreedores. Los bonos de riesgo podrán ser colocados mediante oferta pública  u oferta privada conforme a lo previsto en el Decreto y pueden ser negociados conforme a su ley de circulación o en una bolsa de valores o sistemas de negociación de valores vigilados por la Superintendencia Financiera de Colombia, previa inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores.