Descripción general:
Autorizar la constitución de una sociedad administradora de planes de autofinanciamiento comercial.
Requisitos:
1. Oficio de solicitud, suscrito por cada uno de los futuros accionistas (por el representante legal si se trata de una persona jurídica), o por su apoderado. En este último caso, se debe anexar el poder otorgado en debida forma
2. Hoja de Vida de cada una de las personas naturales y jurídicas que pretenden asociarse y de las que actuarán como administradores y revisores fiscales. Para el caso de personas jurídicas que actuarían como futuros revisores fiscales, anexarán, además, la hoja de vida de la persona natural delegada para ejercerlo.
3. Fotografía reciente (de 3.5 x 4.5. cm) de todas las personas naturales que pretenden asociarse y de las que actuarán como administradores y revisores fiscales.
4. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía, extranjería o pasaporte de los futuros accionistas, representante legal y administradores
5. Certificado de existencia y representación legal del futuro accionista, persona jurídica
Si se trata de una persona jurídica extranjera: Se debe remitir documento equivalente, actualizado, expedido por la entidad competente para ello, en donde conste la existencia de la sociedad, su objeto social y el nombre y cargo de las personas que hacen parte de la Junta Directiva u órgano equivalente y de aquellas que ejercen la representación legal de la compañía.
6. Referencias bancarias, comerciales y personales en original, con fecha de expedición no mayor a tres meses
7. Estados Financieros y Declaración de Renta de los futuros accionistas así:
Los futuros accionistas: Estados financieros individuales y declaración de renta correspondientes a los tres últimos ejercicios anuales.
Los socios de los futuros accionistas (cuando éstos son personas jurídicas) que posean el 5% o más del capital del futuro accionista: Estados financieros del último ejercicio anual y declaración de renta.
La sociedad matriz o controlante del grupo / conglomerado: Información consolidada del último período anual, acompañado de sus notas y del dictamen del revisor fiscal y declaración de renta.
8. Autorización para investigar antecedentes suscrita por el representante legal de cada una de las entidades que deban remitir información, para que la Entidad consulte antecedentes ante otras autoridades y/o centrales de riesgos que estime pertinentes.
9. Proyecto de estatutos sociales, en el cual describa el monto del capital que no puede ser inferior al requerido en el Capítulo IX, numeral 2º de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades, y la forma en que será pagado, indicando la cuantía de las suscripciones a efectuar por los asociados.
10. Origen de los recursos. El origen de los recursos debe estar debidamente justificado mediante instrumentos tales como, declaración de renta, estados financieros, certificado de ingresos y retenciones, declaraciones juramentadas del origen de los recursos, carta de aprobación del endeudamiento, etc.
11. Inversiones de Capital. Indicar las inversiones de capital que los potenciales constituyentes posean en otras sociedades, tanto del sector real como financiero, ya sea directamente o por conducto de su matriz o de las subordinadas de ésta.
Se debe señalar el nombre completo de la entidad en la cual se tiene la inversión, el Número de Identificación, el tipo de inversión, el porcentaje de participación y el valor total.
12. Capacidad legal para realizar la inversión por parte del futuro accionista persona jurídica
Se debe remitir carta suscrita por el representante legal del futuro accionista, persona jurídica, en la cual manifieste que la sociedad cuenta con la capacidad jurídica para efectuar la inversión que pretende realizar, indicando si la sociedad requiere o no autorización de alguna autoridad o de algún órgano interno de la compañía para efectuar la inversión.
Si para llevar a cabo la inversión se requiere alguna de las precitadas autorizaciones, se debe acreditar lo pertinente mediante copia del acta respectiva o del documento que haga sus veces.
Para personas jurídicas extranjeras, autorización para realizar la inversión emitida por la autoridad competente del respectivo país, cuando la misma se requiera, de acuerdo con las normas a las que se encuentre sujeta la futura accionista. En caso de que tal autorización no se requiera, se debe adjuntar carta suscrita por el representante legal en la que informe sobre tal situación.
13. Conglomerados o Grupo Empresarial
En el caso de que los constituyentes o adquirentes de la entidad vigilada sean personas jurídicas se deberá adjuntar:
La composición accionaria de éstas y de las personas jurídicas que a su vez son socias de ellas, indicando para cada una de ellas: nacionalidad, domicilio, tipo de negocio que desarrollan y porcentajes de participación, con el fin de determinar la estructura integral de propiedad.
Se requiere identificar su (s) beneficiario (s) real(es); tal identificación comprende tanto las personas y sus participaciones accionarias como las formas jurídicas a través de las cuales se ostenta dicha calidad.
14. Estudio de factibilidad, y proyectos de manuales y políticas de administración de riesgos de la sociedad.
Que indique la infraestructura tecnológica, jurídica y administrativa que será utilizada para el desarrollo del objeto social, los mecanismos de control interno, plan de gestión de los riesgos inherentes a la actividad. Igualmente un estudio de mercado en el cual estén establecidos los planes de bienes y servicios que serán ofrecidos al público, así como a que sector serán ofrecidos y en que ciudades, determinado las posibles agencias o sucursales y servicios que prestarían. Debe contener gráficas y presentarse una simulación del negocio.
15. Descripción de los Planes de Autofinanciamiento que ofrecerá la sociedad para la adquisición de bienes o servicios. Cada plan debe estar soportado en una nota técnica, compuesta por un estudio económico, matemático o estadístico y el clausulado del contrato correspondiente.
16. Proyecto de aviso de intención. Anexar el texto del aviso sobre la intención de constituir la sociedad, a publicar en un diario nacional. Como mínimo el texto debe incluir: el nombre de los potenciales socios, el nombre de la sociedad que se pretende constituir, su capital suscrito y la ciudad en donde estará su domicilio principal.
Normatividad
1. Artículo 1º del Decreto 1941 de 1986.
2. Decreto 1970 de 1979, incorporado al Decreto 1730 de 1991, sustituido por el Decreto 663 de 1993 y parcialmente modificado por la Ley 510 de 1999, reglamentada por el Decreto 2211 de 2004 y la Ley 795 del 14 de enero de 2003.
3. Artículo 2.2.2.1.1.5, numeral 1 del Decreto 1074 de 2015.
4. Artículo 7º, numeral 7 del Decreto 1023 de 2012.
5. Capítulo IX, numeral 2º de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades.
Procedimiento general del trámite
1. Alistar los documentos y cumplir con las condiciones requeridas para el trámite.
2. Presentar la documentación requerida en el Grupo de Correspondencia (Bogotá) o en las Intendencias Regionales
3. Notificarse de la Resolución
Formulario Solicitud
Plantilla autorización para constituir una sociedad administradora de planes de autofinanciamiento comercial.
