Descripción general:
Atender las quejas o peticiones de los usuarios de las Sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial “SAPAC” y Multinivel, que se relacionen con el ejercicio de la actividad.
Requisitos:
a) Comunicación suscrita por el usuario, cliente, suscriptor o vendedor independiente según sea el caso, en la que se describan de manera detallada los hechos o circunstancias que son motivo de inconformidad.
Se debe informar nombre completo, número de identificación, sociedad sobre la cual se formula la queja y datos de contacto.
b) Documentos que soporten los hechos descritos en la queja o petición
Normatividad
SAPAC
a) Artículo 1º del Decreto 1941 de 1986.
b) Decreto 1970 de 1979, incorporado al Decreto 1730 de 1991, sustituido por el Decreto 663 de 1993 y parcialmente modificado por la Ley 510 de 1999, reglamentada por el Decreto 2211 de 2004 y la Ley 795 del 14 de enero de 2003.
c) Artículo 2.2.2.1.1.5, numeral 1 del Decreto 1074 de 2015.
d) Artículo 7º, numeral 7 del Decreto 1023 de 2012.
e) Capítulo IX, numeral 2º de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades.
Multinivel
a) Ley 1700 de 2013
b) Decreto Reglamentario 024 de 2016
c) Artículo 2.2.2.1.1.5, numeral 7º del Decreto 1074 de 2015
d) Ley 222 de 1995
Procedimiento General Del Trámite
1. Radicar la queja o petición en el Grupo de Correspondencia (Bogotá), en las Intendencias Regionales, a través de los siguientes:
2. Esperar la respuesta de la Entidad
Plantillas y formularios
Formulario desplegable en el
link